Compra de un barco nuevo. Que documentos e impuestos hay?

Aquí encontrarás toda la documentación e impuestos que debes saber para la compra de un barco nuevo.

Todas las embarcaciones de recreo deben estar al corriente de la documentación e impuestos en la compra de su barco, pero también es importante estar en posesión de la titulación náutica reglamentaria para poder manejarlos.

Marcado «CE»:

Es un documento que indica que un producto, en este caso la embarcación, cumple con las regulaciones y estándares de seguridad de la Unión Europea (UE) y que, por lo tanto, puede ser comercializado y vendido en los países miembros de la UE y en el Espacio Económico. Se aplica a todas las embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y deben estar acompañada de los siguientes documentos:

  • Declaración de Conformidad (DoC):  es un documento escrito emitido por el fabricante, o en su nombre por un representante autorizado, que certifica que un producto cumple con los requisitos de las directivas o regulaciones aplicables en la Unión Europea para ese tipo de producto. El documento debe incluir el nombre y la dirección del fabricante o de su representante autorizado en la UE.
  • Número de identificación del casco: es un número de 15 dígitos único, se asigna a cada embarcación y se utiliza para identificarla de manera exclusiva. Se asemeja al número de chasis de un automóvil y es esencial para el registro y la identificación de las embarcaciones. Este número proporciona información importante sobre la embarcación, incluyendo su fabricante, país de fabricación, año de construcción y una secuencia de caracteres alfanuméricos únicos.
  • Manual del propietario: es un documento que proporciona información importante sobre el funcionamiento, mantenimiento y seguridad de un producto.  Está diseñado para ayudar a los propietarios a comprender y usar el producto de manera segura y eficiente
  • Placa de identificación del fabricante  o Placa de identificación de la embarcación: Esta placa se coloca en una ubicación visible dentro de la embarcación y proporciona información esencial sobre la embarcación y su fabricante. La información que se encuentra en esta placa puede variar según el fabricante y el modelo de la embarcación, pero siempre debe incluir: Nombre del fabricante, Número de serie.

Espectacular playa en el norte de Menorca «l’Avall»

Documentación Dirección General de la Marina Mercante (DGMM):

Los siguientes documentos deben realizarse en nuestra Capitanía Marítima más cercana:

  • Abanderamiento, registro y matricula: es un acto administrativo en el que se autoriza a la embarcación a poder enarbolar la bandera, posteriormente se registra dicha embarcación en la base de datos de la administración y se le otorga una matrícula única.
  • Patente de Navegación: es un documento oficial que autoriza a una embarcación a navegar legalmente en aguas nacionales e internacionales. Sirve como prueba de que la embarcación cumple con los requisitos legales y de seguridad.
  • Certificado de Navegabilidad: es un documento que verifica que una embarcación cumple con los requisitos de seguridad y está en condiciones adecuadas. Viene a ser lo mismo que la ITV de los automóviles e igual que ellos tiene caducidad. Este certificado, ITB (Inspección Técnica de Buques), es una prueba de que la embarcación ha sido inspeccionada y cumple con las normativas y regulaciones aplicables a la navegación en aguas nacionales o internacionales. En España hay empresas autorizadas por la dirección general de la Marina Mercante para realizar estas inspecciones. Estarán obligadas a pasar dicha inspección toda embarcación de recreo (lista 7ª) de esloras comprendidas entre 6,5 y 24 metros de eslora.
  • Seguro obligatorio del barco: todo barco a motor o de eslora superior a 6 metros de eslora deberá disponer de como mínimo un seguro de responsabilidad civil.

Impuestos y tributación:

  • Impuesto sobre el valor añadido (IVA): 21% del valor aplicado al precio. La factura debe contener la fecha, el NIF/CIF del comprador y del vendedor, y debe constar el IVA desglosado en el precio. Se aplicara a todas las embarcaciones, ya sean nacionales o de importación y será de aplicación para todo tipo de embarcaciones.
  • Impuesto de matriculación: es un impuesto que se aplica a la inscripción o matriculación. Este impuesto es independiente del impuesto al valor agregado (IVA) y generalmente se aplica una sola vez al momento de registrar o matricular una embarcación. Afecta a las embarcaciones nuevas y de segunda mano solo si superan los 8 metros de eslora fiscal. Asciende al 12% del valor de la factura al que se le ha aplicado el IVA anteriormente. Si la embarcación se matricula en la Península o en las islas Baleares el impuesto asciende al 12%. En cambio, si la matriculación se realiza en Canarias es del 11% y del 0% si se efectúa en Ceuta o Melilla.

Otros impuestos:

además de todos los impuestos anteriores, hay más impuestos a tener en cuenta que se aplicarán directamente a nosotros:

  • Sobre transmisiones patrimoniales: se refiere a la transferencia de propiedad de una embarcación de una persona a otra dado que las embarcaciones se consideran bienes mueble. Esta sujeta como norma general al 4% con carácter general, aunque puede variar en función de nuestra comunidad autónoma.
  • Sobre el patrimonio: este impuesto se aplica sobre nuestra declaración de la renta, y se aplica siempre que supere los 700.000€, el gravamen varia en cada caso.
  • Sobre sucesiones y donaciones: cuando se transfiere la propiedad de una embarcación a través de una herencia o una donación, por norma general se hacen cargo los herederos de este impuesto y varia en función de la comunidad autónoma.

Documentación e impuestos en la compra de un barco, son tramites que debemos tener muy en cuenta en la operación de compra de un barco. Te recomendamos acudas a una gestoría especializada en el sector marítimo, para que te asesore más detenidamente sobre tu caso en particular.

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